La fiscalidad de los trabajadores por cuenta propia en España es una compleja arquitectura normativa en la que los límites cuantitativos desempeñan un papel decisivo.
Lo que ocurre es que esos límites cuantitativos tienden a actualizarse demasiadas veces, dificultando estar al día de los cambios más sustanciales y que más pueden afectar a tu tributación si eres autónomo/a. Por ese motivo, cada cierto tiempo utilizamos este espacio para realizar ciertos recordatorios que creemos pueden resultar de interés.
Y en esta ocasión queremos recordar que la pasada aprobación del Real Decreto-ley 16/2025 introdujo una medida de especial relevancia para quienes tributan en estimación objetiva al prorrogar durante el ejercicio 2026 los umbrales de facturación ampliados que vienen aplicándose de forma transitoria desde 2016.
La decisión no es menor: condiciona la permanencia de miles de contribuyentes en un régimen simplificado con importantes implicaciones contables y fiscales. Pero veamos todo esto con más profundidad en las siguientes líneas.
Recordatorio: ¿qué son los autónomos moduleros?
Índice de contenidos
Son aquellos que determinan el rendimiento neto de su actividad económica mediante el método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, regulado en el artículo 31 de la Ley 35/2006.
Este sistema modulero no calcula el beneficio real en función de ingresos y gastos efectivamente obtenidos, sino a través de parámetros o “módulos” objetivos como superficie del local, potencia eléctrica instalada o número de empleados.
Su aplicación está sujeta a límites cuantitativos de facturación y volumen de compras, cuya superación determina la exclusión automática del régimen.
¿Qué supone la prórroga de los límites incrementados para los autónomos moduleros?
Mediante el reciente Real Decreto Ley 16/2025 de 23 de diciembre, el Gobierno acuerda prorrogar los límites de facturación de los autónomos moduleros ampliados en la cantidades de 250.000 € anuales en este ejercicio 2026.
> Disposición transitoria trigésima segunda: Límites para la aplicación del método de estimación objetiva en los ejercicios 2016 a 2026.
Para los ejercicios 2016 a 2026, ambos inclusive, las magnitudes de 150.000 y 75.000 euros a que se refiere el apartado a’) de la letra b) de la norma 3.ª del apartado 1 del artículo 31 de esta Ley, quedan fijadas en 250.000 y 125.000 euros, respectivamente.
> Disposición transitoria decimotercera: Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016 a 2026.
Para los ejercicios 2016 a 2026, ambos inclusive, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta ley, queda fijada en 250.000 euros.
Conclusión
En conclusión, la prórroga acordada garantiza continuidad y seguridad jurídica a los autónomos moduleros durante 2026.
No obstante, su carácter temporal exige un seguimiento atento a futuras reformas estructurales que puedan redefinir de forma definitiva los límites y, con ello, el propio alcance del régimen de estimación objetiva en el sistema tributario español. De ahí la importancia de contar con una asesoría de autónomos en Barcelona que se encargue de este seguimiento y vele por las estrategias fiscales y tributarias que más beneficien tu actividad.
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