Benefíciate de los conocimientos de un asesor fiscal y ve reducida al máximo tu carga fiscal
JDV Asesores Fiscales. Tu equipo experto en inspecciones fiscales.
En JDV ASESORES ponemos a disposición de nuestros clientes un equipo de profesionales con contrastada experiencia en materia contable y fiscal. La cual cosa nos permite afrontar procedimientos de inspección tributarias con garantías y siendo conscientes de la situación en que el Cliente se encuentra.
Nuestros conocimientos técnicos en fiscalidad y tributación nos permiten buscar soluciones eficaces que satisfagan las necesidades de nuestros Clientes, y nos permite proporcionar a nuestros clientes seguridad, tranquilidad y resultados positivos.
A principios de año Hacienda publicó su Plan de Control Tributario para 2022, a partir del cual se incluyen las directrices principales que seguirá la Agencia Tributaria para perseguir las irregularidades fiscales. Como siempre, y siendo el blanco fácil de Hacienda, los autónomos y los pequeños negocios serán los objetivos principales de este control.
En JDV Asesores tenemos amplia experiencia en este tipo de procedimiento de inspección y comprobación principalmente relacionadas con los siguientes Impuestos:
- Inspección tributaria sobre el Impuesto de Sociedades.
- Inspección tributaria sobre el Impuesto del Valor Añadido (IVA).
- Inspección tributaria sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Inspección tributaria sobre el Impuesto de Actividades Económicas.
- Inspección tributaria sobre los Impuestos de Sucesiones y Donaciones.
- Inspección tributarias sobre el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal).
¿Cuál es la finalidad de un procedimiento de inspección?
Tal y cómo así lo recoge el artículo 145 de la Ley General Tributaria el procedimiento de inspección tendrá por objeto comprobar e investigar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias y en el mismo se procederá, en su caso, a la regularización de la situación tributaria del obligado mediante la práctica de una o varias liquidaciones.
La investigación tendrá por objeto descubrir la existencia, en su caso, de hechos con relevancia tributaria no declarados o declarados incorrectamente por los obligados tributarios.
¿En qué consiste la inspección tributaria?
- La investigación de los supuestos de hecho de las obligaciones tributarias para el descubrimiento de los que sean ignorados por la Administración.
- La comprobación de la veracidad y exactitud de las declaraciones presentadas por los obligados tributarios.
- La realización de actuaciones de obtención de información relacionadas con la aplicación de los tributos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 93 y 94 de esta ley.
- La comprobación del valor de derechos, rentas, productos, bienes, patrimonios, empresas y demás elementos, cuando sea necesaria para la determinación de las obligaciones tributarias, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 134 y 135 de esta ley.
- La comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de beneficios o incentivos fiscales y devoluciones tributarias, así como para la aplicación de regímenes tributarios especiales.
- La información a los obligados tributarios con motivo de las actuaciones inspectoras sobre sus derechos y obligaciones tributarias y la forma en que deben cumplir estas últimas.
- La práctica de las liquidaciones tributarias resultantes de sus actuaciones de comprobación e investigación.
- La realización de actuaciones de comprobación limitada, conforme a lo establecido en los artículos 136 a 140 de esta ley.
- El asesoramiento e informe a órganos de la Administración pública; entre otras.