¿Qué es la declaración informativa sobre los bienes y derechos en el extranjero?

Si posees bienes y derechos en otro país, lo más probable es que sepas que, desde el año 2012, tienes la obligación de declararlos en España, a pesar de que la Comisión Europea no es muy partidaria de esta medida.

Aunque el plazo de presentación del Modelo 720 mediante el que se lleva a cabo dicha declaración finalizó el pasado 31 de marzo, hoy nos gustaría aprovechar este post para hacer un repaso por esta medida tributaria de carácter exclusivamente informativo. No te pierdas las siguientes líneas si quieres saber en qué consiste la declaración de bienes y derechos en el extranjero.

¿Qué es el Modelo 720 de la declaración de bienes y derechos en el extranjero?

Cualquier persona que posea bienes y derechos situados en el extranjero tiene la obligación de declararlos de manera meramente informativa en nuestro país.

Lo debe hacer a través de un documento, el Modelo 720, que aunque tenga solo validez informativa no significa que no sea de obligada presentación dentro de un plazo de 3 meses que va desde el 1 de enero al 31 de marzo de cada año fiscal.

Tanto el formato como los plazos de presentación hacen que esta declaración forme parte de las obligaciones tributarias que tiene un ciudadano.

¿Qué tipo de información debe constar en este documento? Aunque esta obligación no implique un desembolso económico, sirve para que el estado conozca los bienes y derechos que una persona tiene ubicados en otros países. Por lo tanto, debe hacer constar todas sus cuentas bancarias, bienes inmuebles, seguros contratados, rentas cobradas en términos de alquiler…

Como se presenta en los tres primeros meses del año, el Modelo 720 debe reflejar los bienes y derechos que una persona tenía en otro país a término del año anterior. Es decir, antes del 31 de marzo de 2022 un ciudadano debe declarar informativamente todo aquello que tenía en el extranjero en 2021.

¿Quién tiene la obligación de presentar esta declaración?

Pues como ocurre con la presentación del IRPF, hay una serie de contribuyentes que están obligados a presentar el Modelo 720. Deben cumplir con esta obligación todas las personas físicas, autónomos, empresas, comunidades de bienes y sociedades civiles que tengan la titularidad de derechos sobre:

  • Cuentas bancarias situadas en el extranjero.
  • Valores (acciones, fondos de inversión…), derechos, seguros y rentas depositadas, gestionados u obtenidos en el extranjero.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

A esta regla general se le imponen algunas excepciones. Por ejemplo, si la suma de los bienes que integran cada producto de los mencionados no supera los 50.000€, NO es obligatorio presentar esta declaración informativa a través del Modelo 720.

En cualquier caso, y aunque sea algo de carácter informativo, nuestro consejo es que, si tienen posesiones de algún tipo en el extranjero, te pongas en manos de un asesor especializado. Dada la obligatoriedad de esta declaración, es mejor presentarla sin errores de fondo y forma.

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