Administración de un negocio: Claves fiscales a tener en cuenta

El quehacer estratégico de una gestión fiscal es un factor capital para garantizar la adecuada administración de un negocio. Cualquier planificación tributaria, de hecho, debe enmarcarse en el cumplimiento de las obligaciones fiscales para evitar sanciones que desencadenen perjuicios económicos. Esto representa uno de los pilares esenciales para blindar la salud financiera de una organización.

El análisis, registro y clasificación de las operaciones financieras de una empresa en materia fiscal, resulta primordial para su estabilidad. Porque, si bien los ejercicios alusivos a la administración de un negociono determinan directamente su rentabilidad, no ejecutar las técnicas y metodologías adecuadas, e incumplir con las obligaciones fiscales, podría suponer un descenso económico que incluso conduzca a la compañía a su posterior quiebra.

Tener conocimientos subyacentes sobre las formalidades, obligaciones y estrategias de la gestión fiscal, por tanto, es fundamental cuando se quiere emprender un negocio. Y es que el diseño de un plan en materia tributaria podría ayudaros a evitar problemas financieros o económicos a futuro.

En JDV Asesores queremos puntualizar las claves fiscales a tener en cuenta para garantizar la estabilidad de vuestra empresa.

Obligaciones fiscales a cumplir

Índice de contenidos

Las formalidades y obligaciones fiscales no son las mismas para todas las formas jurídicas (Sociedad Limitada, Sociedad Limitada Unipersonal, Sociedad Anónima, etc.). Estas cambian en función del tipo de sociedad mercantil al que pertenezca vuestra empresa, según la Ley.  

En otros términos, para garantizar la estabilidad financiera y administración de un negocio, resulta clave que estéis informados sobre las obligaciones fiscales inherentes a vuestra forma jurídica, considerando también la existencia de impositivos específicos que pueden incidir en vuestra sociedad. A continuación, precisaremos las formalidades tributarias que toda empresa debe cumplir:

  • Impuesto de Sociedades (IS)

El Impuesto de Sociedades tiene como finalidad dar soporte a los beneficios que derivan de las actividades lucrativas de las sociedades mercantiles. Las empresas, por tanto, tienen que hacer una declaración trimestral del IS (en abril, julio, octubre y en diciembre), incluyendo una declaración anual que deben presentar en los primeros 25 días naturales, después del cese de sus ejercicios, por lo general en las primeras semanas de julio.

  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

Se refiere al impuesto que se añade a la venta de bienes y servicios. La presentación del IVA se realiza mediante una declaración trimestral en los meses de abril, julio, octubre y enero, así como también una declaración anual antes del último día de enero.

  • Retenciones del Impuesto sobre la renta (IRPF)

Sólo las empresas que tengan empleados/as bajo sus servicios, o que contratan profesionales independientes, se les puede aplicar las retenciones del IRPF. Siempre y cuando las sociedades cuenten con facturas en las que haya retención de IRPF, o retenciones en las nóminas de los trabajadores/as, las sociedades deberán presentarlo trimestralmente en el modelo 111 (abril, julio, octubre y enero), y con el modelo 190 elaborar un resumen anual.

  • Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

En la administración de un negocio, toda entidad corporativa que facture una cifra superior el millón de euros anuales en su tercer año operativo, estará obligada a pagar el Impuesto de Actividades Económicas el 1 de enero de cada año. En caso de que la sociedad haya comenzado la actividad económica en ese año, se tomará la fecha de su puesta en marcha.

  • Declaración de operaciones con terceros

Consiste en una declaración netamente informativa que no supone el pago de impuestos pero que las Sociedades Limitadas cuyos ingresos o gastos percibidos de un solo cliente o proveedor superen los 3.005,06 € (en un año natural), estarán obligadas a declarar en el modelo 347. La declaración de operaciones con terceros se presenta entre el 1 y el 28 de febrero de cada año,

  • Declaración de Operaciones Intracomunitarias

Es una declaración informativa. Sin embargo, cualquier sociedad que realice entregas u obtenga una adquisición intracomunitaria (con profesionales o empresas situadas en países pertenecientes a la Unión Europea), tendrá que presentar obligatoriamente la Declaración de Operaciones Intracomunitarias bajo el modelo 349.

El documento con la información sobre las compras o ventas que se han efectuado a países de la UE, se puede presentar a Hacienda mensual, trimestral o anualmente, de acuerdo al mes o trimestre en la que se haya suscitado la operación.

  • Presentación de las cuentas anuales

Las sociedades (excepto los autónomos) están en la obligación legal de presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil antes del 31 de julio del año siguiente a la actividad. Dentro de esta presentación se incluye el Balance Anual, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, los cambios de efectivo, los cambios de patrimonio y la Memoria Anual.

  • Cotizaciones a la Seguridad Social

Contratar empleados/a engloba costes laborales, como las cotizaciones a la Seguridad Social. No corresponde a un impuesto en sí mismo, pero la empresa tiene que hacerse responsable de una porción de las cotizaciones, mientras que descuenta la nómina del trabajador/a las partes que le pertenece a él/ella.

En las cotizaciones a la Seguridad Social se incluyen:

  • Las contingencias comunes
  • Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Las prestaciones por desempleo
  • La formación profesional
  • La contribución al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

Se deben notificar los cambios de domicilio fiscal a la Agencia Tributaria mediante el modelo 306. No emitir esta información alusiva  a la sociedad podría acarrear sanciones. En caso de cambiar de Domicilio Social, también es necesario formalizar el acuerdo en la Escritura Pública, dejando constancia nuevamente el artículo que concierna en los estatutos sociales. Se tiene que inscribir de hecho la escritura en el Registro Mercantil precisando los cambios.

  • Obtener el Certificado Digital

Las Sociedades Anónimas y las Sociedades Limitadas están inmersas en la obligación legal de presentar, solo por vía telemática, las autoliquidaciones y declaraciones informativas. No se puede realizar presencialmente en la oficina de la Agencia Tributaria. Eso sí, vital hoy en día en la administración de un negocio es la solicitud primero del certificado digital de empresa para poder hacer la presentación por Internet. 

Claves fiscales a tener en cuenta para la administración de un negocio

Cumplir con las formalidades y obligaciones fiscales no es suficiente para que la administración de un negocio se realice de la manera más adecuada. Existen ciertas claves fiscales que la empresa (independientemente de la forma jurídica a la que pertenezca) debería tener en cuenta, con el propósito de optimizar sus operaciones financieras. He aquí algunas de ellas:

  • Implementar una plan de ahorro fiscal

La importancia del desarrollo de una buena planificación fiscal reside en los aportes que le brindará a la empresa a corto, medio y largo plazo. Además, abrirá las posibilidades de ahorrar en materia tributaria.

Y es que gran parte de las compañías en España suelen pagar más impuestos de los que deberían. El diseño de un plan de ahorro fiscal podría ayudar a que la empresa saque el mayor provecho de su rentabilidad y reduzca la carga fiscal.

Para la implementación de un plan de ahorro fiscal es necesario evaluar a profundidad   las reducciones, deducciones, bonificaciones e incentivos aplicables en ciertas obligaciones fiscales: Impuesto de Sociedades, Impuesto de Actividades Económicas, Impuesto sobre el Patrimonio, etc.

  • Metodología fiscal personalizada

El desarrollo y la aplicación de una metodología eficaz que haya sido confeccionada en función de las características  y necesidades de vuestra organización, supondrá grandes ventajas en términos de rentabilidad, carga fiscal y administración de un negocio.

La personalización de la metodología fiscal implica el uso de una variedad de técnicas  o estrategias orientadas a desarrollar la gestión fiscal de la empresa y promover el potencial y el éxito administrativo

  • Plan de negocio y viabilidad

Tanto la planificación de ahorro fiscal como las metodologías fiscales personalizadas, tienen que erigirse sobre un Plan de Negocio sólido que garantice solvencia técnica, económica y financiera.

En la construcción de este plan se deben precisar las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas de una idea de negocio, en aras de diseñar las estrategias pertinentes para hacer frente a las dificultades o situaciones de riesgo que se presenten durante el ejercicio de la empresa. De este modo, se analiza el contexto actual y futuro del mercado, incluyendo la viabilidad integral de la compañía.

  • Decidir la forma legal de la empresa

Esencial en toda asesoría laboral a una empresa es decidir qué forma jurídica es la correcta según sus características. Se necesita un pequeño asesoramiento en la materia para que los emprendedores sin excesivos conocimientos fiscales, tomen la decisión correcta en este obligatorio paso en la administración de un negocio.

Conclusiones

Las operaciones técnicas, metodologías y estrategias aplicadas en una gestión fiscal tendrán un influjo enla adecuada administración de un negocio. Ello repercutirá en beneficios como ahorrar en gastos tributarios. De este modo, las empresas serán más estables financiera y económicamente.  

Respecto a las personas encargadas de esta labores de administración y gestión fiscal, la mayoría de compañías ya tienen sus propios departamentos internos que se encargan de ello. No así los autónomos, que muchos prefieren dejar estas funciones en manos de un servicio externo de gestoría y asesoría fiscal para autónomos.

Es lo que hacemos en JDV Asesores, ayudar en la administración de un negocio encargándonos de todos los aspectos y obligaciones en materia fiscal, tributaria, contable y laboral.

Estamos a vuestra disposición en Barcelona, Pineda de Mar y Girona.

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