El pasado mes de abril empezó la Campaña de la Renta. Es importante dedicarle tiempo a su confección, y si es necesario, asesorarte por un especialista quién conocerá tus obligaciones y las deducciones aplicables en cada caso y circunstancia.
En lo que a deducciones se refiere, la Generalitat de Catalunya tiene implementadas sus propias deducciones, todas ellas recogidas en el manual de 2020 de la Renta de la Agencia Tributaria. A continuación se detallan algunas de las principales deducciones:
Por nacimiento o adopción de un hijo
Se aplica una deducción es de 150 euros por cada progenitor en tributación individual para nacimiento o adopción en el ejercicio impositivo. La deducción es de 300 euros en tributación conjunta.
Por alquiler de vivienda habitual
La deducción es del 10% de las cantidades pagadas en el periodo impositivo, con un límite de 300 euros para personas de hasta 32 años, con 6 meses o más en desempleo, una discapacidad del 65% o superior, viudedad o 65 años o más. El límite es de 600 euros para las personas que paguen más del 10% del total de sus rendimientos netos en concepto de alquiler y para las que la suma de la base imponible general y del ahorro menos el mínimo personal y familiar no llegue a 20.00 euros.
Si varias personas tienen derecho a esta ayuda, se deberá dividir entre el número de contribuyentes, ya que se trata de una deducción por alquiler, no por persona. Además, solo puede aplicarse una vez.
Pago de intereses de préstamos de máster y doctorado
La deducción será la cantidad de intereses pagados en el periodo impositivo por préstamos para el estudio de máster o doctorado mediante la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.
Fomento del uso de la lengua catalana u occitana
Se deducirán el 15% de las donaciones para fomentar el uso de estas lenguas, con un límite del 10% de la cuota íntegra autonómica. Las donaciones han de ser al Instituto de Estudios Catalanes, al Instituto de Estudios Araneses, a la Academia Aranesa de la Lengua Occitana o alguna de las entidades públicas o sin ánimo de lucro “que tengan por finalidad el fomento de la lengua catalana o de la occitana”.
Donaciones para investigación e innovación
Se deducirán el 25% de las donaciones, con un límite del 10% de la cuota íntegra autonómica, a institutos universitarios y centros de investigación adscritos a universidades catalanas, así como centros de investigación promovidos o participados por la Generalitat.
Donaciones en beneficio del medio ambiente/p>
Las donaciones a entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio tienen una deducción del 15%, con el límite del 5% de la cuota íntegra autonómica.
Rehabilitación de vivienda habitual
La deducción es del 1,5% de las cantidades gastadas en el periodo impositivo, con un límite de 9.040 euros.
Tramo autonómico por inversión en vivienda habitual
En Cataluña, la deducción es del 7,5% con carácter general y del 15% para obras de rehabilitación de viviendas de personas con discapacidad. El tramo general puede irse al 9% para casas adquiridas antes del 30 de julio de 2011 en caso de personas de 32 años o menos, estar al menos seis meses en paro, tener un 65% de discapacidad o formar parte de una unidad familiar con un hijo, con un límite de 30.000 euros de base imponible total menos el mínimo personal y familiar.
Deducción por dos cobradores en Erte
Se trata de una medida puesta en marcha a consecuencia del covid-19, y se basa en deducir la diferencia entre la cuota íntegra autonómica y la cuota íntegra estatal, siempre que sea positiva, con el objetivo de eliminar la penalización de estos trabajadores frente a otros ciudadanos que no están en Erte.