¿Qué IVA tendrás que pagar si compras una obra de arte?

¿Te gusta el arte? ¿Tienes tu pequeña gran colección de obras en casa que vas aumentando poco a poco? Pues si es así, este post seguro que te interesa ya que hoy te contamos cuál es el IVA de las obras de arte, tanto cuando las compras directamente al artista como cuando lo haces a través de una galería como intermediaria.

El IVA de las obras de arte.

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Según el artículo 91.1.4 de la Ley del IVA, a las obras de arte se les aplica el tipo de IVA reducido cuando son vendidas por sus autores, derechohabientes o profesionales distintos a los revendedores o los intermediarios.

De esta forma, si acudes a una exposición organizada por un artista y adquieres alguna pieza, sobre esta se aplicará un 10 % de IVA que es el IVA reducido de las obras de arte.

El IVA de las galerías de arte.

Cuando una galería de arte organiza una exposición, el procedimiento de venta puede seguir dos fórmulas que son las habituales:

  • Que el artista venda directamente su obra, pero la galería se lleve el 10 % de esa venta por la organización del evento y la gestión de la venta.
  • Que la galería venda directamente la obra del artista en nombre de la galería y, por lo tanto, tenga que pagar al artista por esa obra en los términos que hayan acordado.

A ti, como comprador de arte, la primera opción te devuelve al punto anterior ya que, al comprar directamente al autor de la obra, a tu adquisición se aplica el IVA reducido del 10 %.

Sin embargo, cuando estamos en el segundo caso en el que a quien compras es a la galería de arte, se aplica el artículo 135 del Régimen Especial de los Bienes Usados, Antigüedades, Obras de Arte y Objetos de Colección, siendo ese IVA del 21 %. En este supuesto, el artista ha vendido su obra tributando al 10 % aunque al consumidor le repercuta el 21 % por la mediación de la galería, una medición que se mide por referencia al margen comercial obtenido en la operación de compra al artista y por la que ya ha pagado un IVA.

Como comprador, ¿puedes deducir el IVA de las obras de arte?

Si adquieres una obra de arte en una galería que emite una factura con el IVA incluido, ese IVA no es deducible, como se explica en el artículo 138 de la Ley del IVA. Pero es importante recordar que, en el artículo 135.2 de esta misma Ley, se permite la renuncia al régimen especial, repercutiendo el IVA entonces sobre el total del precio obtenido en la venta y pasando el IVA soportado por la galería al comprar la obra de arte a ser deducible.

En cualquier caso, en la Ley del IVA se especifican muy bien estos supuestos así como qué se considera obra de arte y cuándo puede deducirse su compra.

 

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